Concurso una banda para elegir #AfterDinner


Hacé conocida tu banda y ganá la producción y filmación de un videoclip.


BASES Y CONDICIONES

1)Resulta organizador del presente concurso NUEVO PUERTO SANTA FE S.A. (CUIT 30-70975365-3) con domicilio en Dique N°1, Puerto de Santa Fe (en adelante, el “Organizador”).

2)Podrán participar del Concurso aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años de edad cumplidos al momento de participar (en adelante, “el/los Participantes” en forma indistinta) que tengan una banda musical (en adelante, la/s “Banda/s”). A los fines del presente se considerará que todos los integrantes de la Banda son Participantes y por lo cual les resulta plenamente aplicables las disposiciones de la presente.

COMO PARTICIPAR: La participación será libre y no tiene costo alguno. Los interesados deberán realizar la pre-inscripción on-line del 26/04_al 16/05 de 2019 a las 22 horas, a través del siguiente link: bit.ly/2Vw5N5b. En la misma los Participantes deberán incluir los siguientes datos: Nombre de la Banda, género musical, contacto. Cada Banda que se inscriba deberá contar con un mínimo de dos (2) y un máximo de cinco 5) integrantes. La participación en este Concurso implica la aceptación de las presentes Bases y Condiciones del mismo. Las presentaciones que no cumplan con los requisitos serán desestimadas. Consultas: se podrá escribir por dudas a FBasilio@irsacp.com.ar


3)Una vez recibida, la información será analizada a fin de corroborar que aplique a las condiciones del Concurso conforme los requisitos detallados. Del 26/04/2019 al 16/05/2019 un jurado calificado seleccionará a dieciséis (16) Bandas La decisión del Jurado será inapelable. El Jurado podrá seleccionar un número menor de Bandas a su exclusivo criterio.

4)SHOW EN VIVO: Las Bandas seleccionadas recibirán un email de conformación donde se les indicará en que día, horario y lugar en el que tienen que presentarse a fin de realizar un show de aproximadamente veinte (20) minutos. Al show deberán llevar todos los materiales/instrumentos y equipamiento necesario para poder realizar el mismo. La presentación deberá ser en vivo. No se podrá llevar material grabado. La/s Banda/s que no pudieran presentarse en la fecha y horario señalado quedarán automáticamente descalificadas.


5)VOTACIÓN: Cada viernes, las personas que concurran a las presentaciones que realizarán las Bandas podrán votar a una (1) Banda, escaneando el código QR de cada Banda a través de la aplicación Pareto. Cada persona podrá votar una (1) Banda por fecha de presentación.

El día 28/05/2019 y ante un escribano público que realizará el recuento de los votos a fin de obtener a una (1) Banda ganadora. En caso de empate, se considerará que la Banda ganadora es la que mayor cantidad de seguidores tenga en su perfil de Instagram.

6) PREMIO: La Banda ganadora recibirá como Premio: Producción y materialización de un video clip por la suma máxima de pesos cincuenta mil ($ 50.000.-) finales que será realizado por SLEF DE LISANDRO SARUDIANSKY, PAULA MARIANA ARCUCCI Y JUAN PABLO ARROYO SOC. El quince por ciento (15%) de la duración total del video clip deberá tener como emplazamiento las instalaciones de La Ribera Shopping. El clip deberá filmarse en las fechas en que NPSF proponga y/o el productor propongan.

Los integrantes de la Banda serán notificados por teléfono y deberán presentarse todos antes del 3 de junio de 2019 en la administracion de Ribera Shopping a fin de suscribir el recibo de entrega del Premio. En caso que uno de los miembros de la Banda no se presentara a suscribir el recibo, el mismo no se podrá entregar y quedará en poder de NPSF.

Asimismo, la Banda deberá presentarse el 31 de Mayo de 20109 en el Shopping a fin de realizar una presentación en vivo.


7)No se podrá exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que el Premio no será negociable. Una vez entregado el Premio a la Banda, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto del mismo.

8)El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Participantes y sus Bandas por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. El nombre del ganador podrá publicado en la página de Internet, redes sociales del perfil de Ribera Shopping, o en cualquier otro medio donde el Organizador considere necesario. Con la sola participación en el presente Concurso, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, los de sus Bandas que presenten en el marco del Concurso por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

9)El Organizador no asume responsabilidad alguna vinculada con cualquier daño y/o perjuicio, moral y/o patrimonial, directo y/o indirecto generado por ó de cualquier forma relacionado las Campañas y su titularidad, incluyendo pero no limitándose a los derechos de autor reclamados por terceros y/o relacionados con el Premio. El Organizador no se responsabiliza por eventuales copias de proyectos.

10)La participación en el Concurso implica pleno conocimiento y aceptación de sus bases, reglamentaciones, decisiones del Jurado y/o del Organizador según corresponda.

11)El Organizador se reserva el derecho de impedir o retirar la participación de cualquier Participante que no cumpla con lo dispuesto en las presentes Bases y Condiciones, la legislación vigente y/o la ética y las buenas costumbres.

12)Toda relación que en virtud del Concurso se genere entre los Participantes y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y los participantes los Tribunales Nacionales en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.